El Despido por Preaviso de un Trabajador

Normalmente, cuando estamos en presencia de un Despido, desde el punto de vista de empresario empleador, existe la difícil tarea de comunicar con antelación la decisión que se toma en la empresa respecto al Despido de un determinado Trabajador. En este sentido, debemos afirmar que es de buena fe que se aplique esta forma, puesto que permite al Trabajador mentalizarse con tiempo, y prepararse para la búsqueda de una nueva experiencia laboral, que le permita nuevos crecimientos en su vida, eso sí también es importante saber que, el Trabajador estará en su Derecho de saber la causa, por la que el mismo se le comunica dicho Despido.

En este sentido, a lo largo del presente artículo buscamos informar sobre todo lo relacionado en lo que se refiere a los Despidos por preaviso, sobre la importancia que tiene en los Trabajadores y los efectos, consecuencias, y de lo que se tiene que hacer en este tipo de casos, todo ello con el fin de que nuestros clientes en el momento en que se puedan ver afectados por una situación de tal magnitud, sepan a quien acudir, y cómo proceder.

¿Qué es el Preaviso en el Despidos de un Trabajador?

Es evidente que, para la empresa, se debe de tomar una decisión sería, y debidamente fundamentada al momento de decidir que se prescindirá de los servicios de un Trabajador, respecto a ello, es necesario igualmente saber en qué consiste un Preaviso en el Despido de un Trabajador, ya que contribuye a una mayor ilustración, tanto al empresario empleador, como al Trabajador afectado.

Debido a ello, tenemos que un Preaviso en el Despidos de un Trabajador, se refiere a la forma que tiene el empresario de comunicar, con antelación, al Trabajador en mención que será despedido de su puesto de Trabajo. Ahora bien, dicha medida tiene por fin, el hecho de conceder al Trabajador, un plazo para asimilar la nueva situación Laboral, y evitarle parte de los perjuicios que le puede ocasionar el Despido.

Igualmente, el Preaviso ayuda a generar dentro de lo que conlleva un Despido, el beneficio de intentar buscar otras alternativas, mientras llega el final de la relación laboral con la empresa.

Supuestos de Preaviso en el Despido.

El Despido por Preaviso de un Trabajador

Es menester saber que, en la legislación vigente, se puede aplicar el preaviso, en tres distintos tipos de Despidos, que nos van a ayudar a reflejar de una mejor manera los hechos por los que la empresa, decide querer poner fin a la relación laboral con un Trabajador.

De igual manera, sabemos que de acuerdo a lo que señala la legislación hoy en día, tenemos los siguientes casos de Despidos que iremos explicando, desde una perspectiva del Preaviso en ellos, y donde igualmente debemos destacar que el caso de Preaviso en cada uno, será de diferente modo.

1.       Preaviso en el Despido Disciplinario.

En esta clase de Despido, la empresa no se verá obligada a realizar un preaviso para comunicar al Trabajador la decisión de su Despido Disciplinario, ya que la misma puede radicar efectos desde el momento en que se hace entrega por parte de la empresa, de la carta de Despido.

Aunado a ello, podemos afirmar que el Despido Disciplinario, es aquel que se da a causa de una conducta totalmente inaceptable por parte del Trabajador, lo cual se convierte en una falta sancionable. Sin embargo, la sanción más grave que se puede aplicar es el cese inmediato de la relación entre el Trabajador y el empresario. En este caso, el Preaviso por Despido desaparece, de la misma forma que lo hace la compensación económica.

Igualmente, si el Trabajador, es despedido por causas disciplinarias, tales como, falta de puntualidad reiterada e injustificada, indisciplina o desobediencia, embriaguez o toxicomanía del Trabajador, el empresario no tiene la obligación legal de tener que preavisar el Despido al mismo.

2.       Preaviso en el Despido Objetivo.

Cuando nos encontramos en esta clase de Despido, debemos saber que este, puede surgir a raíz de causas objetivas como pueden ser, una ineptitud sobrevenida, o falta de adaptación a las modificaciones técnicas, en este tipo de casos el empresario si se encuentra obligado a comunicar la decisión del Despido por causas objetivas correspondientes, con Preaviso a su empleado.

En este sentido, los Despidos objetivos, son aquellos que están causados por razones puramente objetivas, como problemas económicos u organizativos. En esta ocasión, la indemnización por Despido, es igual a 20 días de salario por cada año de servicio, teniendo como tope el equivalente a 1 año de trabajo.

No obstante, si en cuanto al Preaviso por Despido, en este caso está sujeto a una notificación ejecutada con 15 días de antelación a la fecha en la que se efectuará el Despido. Es por ello, que, si no se acata este plazo, el empleador puede decidir dar una compensación económica por la falta de Preaviso.

3.       Preaviso en el Despido Colectivo o ERE (Expediente de Regulación de Empleo).

Por último, en esta clase de Despidos, debemos saber que cuando el procedimiento por Despido Colectivo finaliza, el empresario deberá conceder un plazo de preaviso a cada uno de los Trabajadores afectados de tal proceso.

Aunado a ello, en definitiva, podemos citar que, en los Despidos por causa objetiva o colectivo, son de índole obligatoria la comunicación del preaviso del Despido.

¿Cuál es el tiempo de Preaviso en el Despido?

El Despido por Preaviso de un Trabajador

Cuando hablamos de plazo, es normal que puedan surgir dudas en este apartado, y por ello debemos señalar que el empresario va a estar sujeto a una serie de plazos determinados que vamos a conocer.

Debido a ello, una empresa a través de su figura representativa, estará obligada a comunicar el Despido en casos que sea objetivo o colectivo, con 15 días naturales de antelación respecto a la fecha, en donde está pautado comunicar la decisión al Trabajador de su Despido.

Igualmente, dichos 15 días naturales de Preaviso van a ser contados desde la carta de despido al Trabajador hasta el momento en que finalice la relación laboral, por ende, no se van a descontar del plazo de Preaviso, lo que son sábados, domingos o días festivos.

De otro modo, este plazo de Preaviso podrá variar si el Convenio Colectivo, establece otro diferente, pero siempre deberá ser igual o superior a 15 días.

Debido a ello, podrá, además, el Trabajador tener Derecho, sin perder su retribución, a una licencia de 6 horas semanales, para la búsqueda de un nuevo empleo. Ahora bien, siempre es útil recordar que, si cuando llega el Despido, viene a causa de motivo disciplinario, no será necesario exigir un preaviso para comunicar la decisión del Despido.

Para despedir a un Trabajador ¿es necesario preavisarlo?

Efectivamente, una cuestión cómo esta, no se responde simplemente con una afirmación, pero si queremos ilustrar que los empresarios deben de hacer una inspección del desempeño de funciones de su Trabajador.

Aunado a ello, todo esto es con el fin de poder determinar ante qué clase de Despido estamos en presencia, para escoger el método de proceder correcto, de manera que no genere conflicto legal alguno a la empresa con el Trabajador, y se cumplan los parámetros exigidos por la Ley al momento de Preavisar o no el Despido al Trabajador.

Igualmente, sabemos que, en un caso de Despido Disciplinario, no es necesario que sea exigido un plazo de Preaviso para comunicar el Despido de la empresa, pero, por el contrario, si estamos en presencia de un Despido por causa Objetivo o Colectivo, en estos casos si es necesario realizar un Preaviso dentro del plazo correspondiente que antes se explicó, para comunicar la decisión sobre el Despido del Trabajador.

De otra manera, por ello es que recomendamos altamente conocer la clase de Despido a la que será sometido el Trabajador para conocer si es necesario cumplir con un Preaviso al momento en que se comunicará la decisión por parte de la empresa, en aras de que no se genere más allá del Despido, posibles consecuencias legales.

¿Qué ocurre si el empresario no realiza el Preaviso en el Despido?

El Despido por Preaviso de un Trabajador

Es evidente que de por sí, un Despido es una situación es muy engorrosa y hasta en cierto punto, incómoda para ambas partes, para el empresario por comunicarla y para el Trabajador, salvo en caso que sea buscado, por quedarse sin el empleo. Y es por ello, que no es menos importante que el empresario cumpla si el caso lo amerita con el Preaviso en el Despido.

Ahora bien, debemos saber que, si el empresario no cumple con realizar dicho Preaviso, deberá abonar al Trabajador, la cuantía de salario correspondiente a los días de Preaviso, es decir de los 15 días naturales.

Debido a ello, dicha cantidad deberá entregarse en el finiquito, ya que, si el empresario se niega a entregar dicha cuantía, el Trabajador deberá reclamarlo presentando una Papeleta de Conciliación, y de este modo exigir su cumplimiento de correcto finiquito.

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¿Cómo puede el Trabajador reclamar la falta de Preaviso?

Sin duda, cuando estamos en presencia del cumplimiento de nuestros Derechos, es necesario conocer los alcances y las herramientas que tenemos acceso, así como las instancias a las que podemos recurrir.

Ahora bien, en caso de impugnar el despido, el Trabajador cuenta con 20 días hábiles para llevar a cabo este procedimiento. De lo contrario, puede reclamar por procedimiento ordinario en un plazo de 12 meses a partir de la fecha, en la que finalizó la relación laboral con la empresa.

¿A quién se debe notificar el Despido?

Debemos recordar que lo relacionado a los Despidos, aparece regulado en el Estatuto de los Trabajadores, y bien, en este sentido consideramos que es importante instruirnos en este tipo de casos, ya que puede ser de suma importancia para las empresas que están empezando, y haciendo su plano organizativo, según sea el caso de tipo de Despido a los que se refiera el pertinente caso.

Ahora bien, el Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 53, establece que, dentro de los requisitos normales para proceder a un Despido Objetivo, este se debe notificar al Trabajador, así como a la representación de los Trabajadores.

Igualmente, es necesario saber que el Estatuto no establece en sí, que se tenga que comunicar de forma simultánea por lo que, para disminuir los problemas derivados de la comunicación del Despido, deberíamos comunicarlo a la representación de los Trabajadores en fechas próximas a la comunicación al empleado.

Por otra parte, sabemos que el Despido Disciplinario, no se debe de cumplir un Preaviso por parte del empresario al Trabajador, ya que bastará con el Despido inminente, y quedaría bajo criterio personal del empresario si decide dar un Preaviso a partir de este punto.

Otros supuestos de Preaviso en los Contratos de Trabajo.

El Despido por Preaviso de un Trabajador

A su vez, es necesario saber también que puede existir el carácter de obligatoriedad en otros supuestos de Contratos de Trabajo, ya que así su naturaleza lo demandaría, y a continuación queremos hacer llegar a nuestros clientes conocimientos de ellos, los mismos son los siguientes, a saber:

  • Contrato para Obra o Servicio sin fecha de finalización: Dicha clase de Contrato, en este caso, cuando concluya la Obra o Servicio en mención, para la que el Trabajador haya sido asignado o contratado, será exigido igualmente el plazo de 15 días naturales de Preaviso.
  • Movilidad Geográfica: En caso de una movilidad geográfica, se decide por parte de la empresa en trasladar a un Trabajador a otro lugar de Trabajo, el empresario estará obligado a conceder un plazo de 30 días naturales de Preaviso.
  • Modificación en las condiciones esenciales del Contrato: En el presente caso, tenemos que, si dicha modificación afecta a un solo Trabajador, el Preaviso deberá ser de 15 días naturales. Sin embargo, si la modificación afectara a más de un solo Trabajador, y resulta que afecta a varios, será de 7 días naturales en estos casos el Preaviso.
  • Suspensión temporal del Contrato de Trabajo (ERTE): En esta clase de Contrato, tenemos la situación de que, si la empresa decide suspender o reducir la jornada laboral, de modo temporal, es decir a través de un ERTE, deberá de Preavisar al Trabajador con 15 días de antelación.
  • Baja voluntaria del Trabajador: Dicho caso, genera la consideración de que cuando el Trabajador sea quien desee de manera voluntaria de retirarse de su Trabajo, deberá ser este, quien cumpla con el Preaviso igualmente de los 15 días y comunicarle al empresario su decisión al respecto.
  • Suspensión Voluntaria del Trabajador: Por último, tenemos el caso presente, en donde es posible que el Trabajador desee suspender su Contrato de Trabajo por maternidad, incapacidad o excedencia voluntaria, en estos casos, no será obligatorio de cumplir un Preaviso, pero, sin embargo, se podrá establecer en el Convenio Colectivo. Es por ello, que es conveniente que el Trabajador preavise a la empresa a fin de evitar que la misma, se lo deniegue por causas organizativas.

En función de lo antes señalado, es importante señalar que sea el caso que se trate, no hay dudas, de que es recomendable de que el empresario empleador en mención sea lo debidamente precavido y tome las precauciones, preavisando al Trabajador, si estamos en presencia de un caso donde es el mismo empresario quién queda sujeto a cumplir el Preaviso.

Ahora bien, en caso contrario, que corresponda al Trabajador por razones voluntarias, manifestarlo a la empresa dentro del plazo establecido por la Ley, para ello es recomendable la buena comunicación aún en tiempos de tensión para evitar conflictos legales que perjudique a las partes implicadas.

Para finalizar, debemos considerar que como se ha expuesto a lo largo de este presente artículo, sabemos que todo empresario, puede estar al tanto de según sea el caso puede dar un Preaviso, pero la mejor manera de hacer cumplir dicho Preaviso es velando por el cumplimiento del tipo de Despido al que se hace uso, y si es por parte del Trabajador quién solicita el Preaviso por razones voluntarias, igualmente deberá ser atendido por el empresario empleador, pero recomendamos que ambas partes, se puedan apoyar de un Abogado experto en la materia, para saber ante qué clase de Despido estamos, y saber a qué se aferran ambas partes, pero sin duda, hemos brindado las herramientas necesarias a las dudas que puedan tener nuestros clientes.

Referencias Bibliográficas

Horváth, István. “Trabajo Temporal de Agencia En El Código Laboral de Hungría Análisis Crítico: Con Especial Atención a Los Requisitos de La UE Para La Armonización Judicial.” LABOS Revista de Derecho del Trabajo y Protección Social 1.1 (2020): 37. LABOS Revista de Derecho del Trabajo y Protección Social. Web.

Obregón, Tulio. “Actualidad Empresarial – Área Laboral.” Instituto pacifico 2015. Instituto pacifico. Web.

Sandoval Quintero, Hernán, and Gustavo Nixon Delacruz Giraldo. “Principios Constitucionales Del Derecho Laboral Administrativo En El Ordenamiento Jurídico Colombiano.” Prolegómenos 22.44 (2020): 11–34. Prolegómenos. Web.

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8 comentarios en «El Despido por Preaviso de un Trabajador»

    • ¡Claro! El despido por preaviso es cuando el empleador notifica con anticipación al empleado que será despedido. El tiempo de preaviso varía según la legislación laboral de cada país. ¡Es importante conocer tus derechos y consultar a un experto en leyes laborales para obtener información más precisa!

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