La Malversación de Dinero Público

Cuando escuchamos o leemos algo acerca de la malversación de fondos o dinero público, debemos tener en cuenta que es una clase de delito, que va contra la Administración Pública Nacional, y no es más que el manejo que realizan las personas que tienen un cargo público o una autoridad a su mando, con mala fe a un dinero del estado, o que va dirigido hacia él y pueda, por ejemplo, utilizarlo para lucrarse, o para sus propios intereses personales.

¿Qué es el delito de Malversación de Dinero Público?

Normalmente, puede presentarse un caso así en el territorio nacional, y es un tema que aunque no tiene un alcance mediático muy conocido, es de mucha importancia conocer más a fondo de este tema, y por ello, nuestra pretensión es hacer llegar este mensaje a las personas que puedan estar interesadas en aprender más acerca de ello, debemos tener presente en qué consiste esta clase de Delito, la forma en qué puede presentarse, o pasando hasta por sus tipos de malversación, conoceremos esto y más a continuación.

¿Qué es el delito de Malversación de Dinero Público?

Como explicamos en el inicio, cuando estamos en presencia de esta clase de delito, estamos haciendo mención a un delito que va contra la Administración Pública Española, en donde un funcionario, o una persona con un grado de autoridad, realiza de manera deliberada, un mal manejo a un dinero que va hacia el Estado Nacional, y lo utiliza para fines personales, a través de un apropio ilícito, bien puede ser también a través de bienes ya que ello, engloba también al patrimonio nacional.

Debido a ello, podemos afirmar que, en lo que respecta a los tiempos que establece esta clase de delito, para las penas, pueden ir cambiando en función del patrimonio que haya sido objeto de una malversación, en el Código Penal vigente, aparecen expresas todas las penas, con sus respectivos agravantes que iremos detallando progresivamente, así como las sanciones económicas que se imponen a los infractores.

¿Qué requisitos deben suceder para que ocurra una Malversación de Dinero Público?

Cuando estamos ante esta clase de delito, debemos tener en cuenta que, pueden existir una diversidad de supuestos que hacen posible que identifiquemos a este delito, y que consideramos, deben ser del conocimiento de las personas interesadas, dichos supuestos, los podemos conocer de esta manera:

1- Primero, que el delito en sí, ocurra con dolo, es decir con fin de percibir un beneficio personal del infractor.

2- Segundo, que el infractor sea una persona con el carácter de funcionario público, ocupe un cargo de autoridad, o que pueda simplemente ser una persona que estipule el artículo 435 del Código Penal vigente.

3- Tercero, que la persona infractora, tenga competencia sobre el patrimonio público.

4- Cuarto, que el fondo que sufra la malversación sea parte del patrimonio público.

5- Quinto, que sea visible la intención de la persona infractora con un interés desleal o que busque su beneficio personal, y, por ende, que realice una apropiación indebida contra la Administración Pública.

Penas aplicables de la Malversación de Dinero Público

Personas que pueden cometer el delito de Malversación de Dinero Público

En este presente apartado tenemos que para que una persona pueda ser considerada como capaz de realizar esta clase de delito, tenemos que ceñirnos a lo que estipula el Código Penal vigente, que entiende, a aquel funcionario público o una autoridad, que, por sí solo o como miembro de alguna corporación, tribunal u órgano colegiado que tenga un nivel de mando o ejerza una jurisdicción propia, acá nos hace referencia a que, en pocas palabras, solo puede ser una autoridad o un funcionario público quién ejerza el delito, pueden ser desde los miembros del Congreso de los Diputados, Senado, las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas y del Parlamento Europeo, así como pueden ser los mismos funcionarios del Ministerio Fiscal y los Fiscales de la Fiscalía Europea.

Ahora bien, debemos tener en cuenta que el mismo Código Penal nos refiere a otro tipo de incidencia que puede hacer comprender a una persona como infractora, y es aquel funcionario público, que posea una disposición inmediata de la Ley o que, por medio de un nombramiento, de algún modo participe en el ejercicio de funciones públicas.

En este sentido, nos corresponde comprender que el objeto del delito, o su fin, es el de afectar al patrimonio público, como bien podría ser a través de sus bienes propios, y que es realizado por medio de una apropiación de manera ilícita o bien con un mal manejo de dinero que va hacia el Estado, que pertenecen al gasto público nacional.

Tipos de Malversación de Dinero Público

Debemos comprender que, en este tipo de delito, existe dos clasificaciones en las que vamos a distinguir las clases de malversaciones, que podemos encontrarnos, y es que recordemos, que una malversación es una acción que se ejerce para defraudar al Estado, las mismas son las siguientes:

1- Malversación Propia: En primer lugar, tenemos a lo que se refiere al perjuicio patrimonial, esto es un proceso que se lleva a cabo por un funcionario público o una persona que ocupa un cargo de autoridad y con competencia para la administración y uso del patrimonio público del estado, no obstante, para que una malversación propia pueda ocurrir, debemos saber, que hay razones por las que pueden originarse, como lo es el manejo desleal del dinero público, la apropiación indebida de dinero por un funcionario público o autoridad, o con un conteo falso a través de documentación que sea falsa para lucrarse con ello, y, a su vez, debemos saber que esta primera clasificación se subdivide de este modo:

  1. Apropiativa: Consiste en que una actitud de la persona infractora busca como fin restar un patrimonio público con un fin personal de beneficiarse de ello.
  2. De uso: Consiste en que el infractor, realiza un desvío de lo que es el patrimonio público, para lo que es un uso distinto al destino original.

2- Malversación Impropia: En segundo lugar, debemos conocer que existe otra clasificación del delito de Malversación, y es que, si nos vamos a lo que establece el Código Penal, nos expresa entre los delitos que existen en contra de la Administración Pública, la malversación que se comete por particulares que no cumplen un rol de funcionario o autoridad, para que estos casos se puedan presentar, es necesario que se cumpla con un parámetro como lo puede ser, el de según sea la responsabilidad del dinero o rentas de la Administración Pública, que sea depositario de dinero público por medio de una designación legal, o que tenga la función de ser depositario de otros bienes o de un dinero que hayan sido objeto de embargo, secuestro o un depósito por las autoridades públicas.

No obstante, existe otras causales como lo puede una Malversación atenuada, que se refiere al daño o perjuicio que sucede con una actitud delictiva por parte del infractor por un manejo desleal de menos de los 4.000 euros. Por otra parte, se encuentra la Malversación agravada, que es aquella grave al generarse una consecuencia como un daño o entorpecimiento de un servicio público, o dicho importe supera los 50.000 euros.

Penas aplicables de la Malversación de Dinero Público

En este apartado, nos referimos a las penas que establece el Código Penal, concretamente en su artículo 432, para esta clase de delito, las cuales son, presidio de entre 2 a 6 años, una inhabilitación de 6 a 10 años para ejercer cualquier función en materia de Administración Pública, así como para el sufragio pasivo.

Por otra parte, cuando estamos en presencia de una Malversación de fondos agravada, el Código Penal en su artículo 432, ordinal tercero, señala que, las penas pueden ser por las siguientes causas, presidio de entre 4 a 8 años, una inhabilitación absoluta de entre 10 a 20 años, o que la pena en su mitad superior si el daño que se ocasiona supera con creces los 250.000 euros.

Por consiguiente, en un caso donde la actitud que genera la Malversación sea de un tipo atenuado, a aquella que se refiere a los 4.000 euros, el Código Penal en su artículo 433, nos establece como pena, presidio de entre 1 a 2 años, multas de 3 meses y un día a 6 meses, y consigo, una inhabilitación especial tanto para el ejercicio de cualquier cargo o función en la Administración Pública, como del Derecho al sufragio de 1 a 5 años.

Aunado a ello, podemos comprender que existen conductas por parte de los funcionarios públicos o autoridades, que se encargan de velar por los intereses de la Administración Pública que son desleales y que, sin duda, pueden ocasionar grandes daños a la economía y funcionamiento patrimonial, ya que a través de las causales antes expresadas, como lo pueden ser un mal manejo económico, una apropiación o simplemente, falsificar información deliberadamente, son razones más que suficientes para incurrir en un delito de Malversación de fondos.

Para finalizar, queremos recalcar la importancia que tiene que a esta clase de delitos, se les dé mucha más trascendencia, ya que sin duda, cuando una persona que tiene un alto cargo puede defraudar de un modo u otro de los expresados previamente, causa daños a la Administración Pública, y conocer los distintos tipos, así como las penas y personas que pueden incurrir en este delito, es clave, así como asesorarnos debidamente si nos encontramos en funciones especialmente, en el ámbito administrativo, con la finalidad de conocer y evitar caer en algún delito de Malversación que ponga en riesgo nuestro desempeño laboral así como el de la Administración Pública Nacional.

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12 comentarios en «La Malversación de Dinero Público»

    • La malversación de dinero público siempre existirá en alguna forma u otra. Es una lucha constante, pero no imposible. Con una mayor transparencia, rendición de cuentas y sanciones más severas, podemos reducir su incidencia, aunque erradicarla por completo parece una utopía.

  1. ¡Vaya, vaya, vaya! Parece que la malversación de dinero público está a la orden del día. ¿No es sorprendente cómo algunos individuos se sienten con el derecho de aprovecharse de los fondos destinados al bienestar de todos? #Indignado

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