Los Tipos de Expedientes Reguladores de Empleo

Tipos de Expedientes Reguladores de Empleo: Normalmente, toda empresa en algún momento desde su fundación, puede atravesar en un momento determinado u otro un problema a nivel de crisis, y es por ello, que en múltiples ocasiones pueden llegar a recurrir al uso de un Expediente Regulador de Empleo, o también conocido simplemente por sus siglas ERE.

Ahora bien, queremos resaltar que los Expedientes Reguladores de Empleo, son mayormente utilizados para una aplicación de reducción de gastos, de plantilla, o de jornadas de Trabajo.

Debido a ello, en el presente artículo buscamos prestar un asesoramiento completo en todo lo que se refiere al ERE, en los tipos que se pueden encontrar, con el fin de hacer llegar a nuestros clientes, las herramientas necesarias para que sepan que hacer y cómo proceder en este tipo de casos.

¿Qué es un Expediente Regulador de Empleo?

Para conocer una definición más concreta y detallada, debemos saber que un ERE, es un mecanismo y el mismo, no puede ser utilizado de cualquier manera, en cualquier momento por una empresa.

Debido a ello, podemos afirmar que cuando se trata de un Expediente Regulador de Empleo, como bien mencionamos anteriormente, es un mecanismo utilizado por muchas empresas en su afán por sortear los tiempos de crisis en los que, bien se reducen las horas de jornada de Trabajo de los empleados, bien se suspenden temporalmente los Contratos Laborales, o bien se aplica la medida más grave de todas, es decir, despedir a un gran número de Trabajadores.

Asimismo, un ERE es un proceso al que las empresas recurren, para reducir su plantilla laboral, para superar una mala situación económica, y la misma pueda de este modo, reestructurar su compañía.

De igual manera, también podemos afirmar que un ERE no puede ser llevado a cabo en cualquier momento, ya que deben de concurrir una serie de circunstancias y de condiciones. Normalmente, es por ello, que los ERE, se reservan para aquellos casos en los que el Despido se debe a circunstancias económicas, técnicas, organizativas o de fuerza mayor.

Igualmente, no hay duda alguna, que, a través de este mecanismo excepcional, las empresas obtienen la autorización necesaria, para tomar decisiones que afectan directamente a sus Trabajadores. Tipos de Expedientes Reguladores de Empleo. Sin embargo, será vital que se cumpla uno de los casos mencionados para que pueda la empresa, recurrir a la aplicación de dicho Expediente Regulador de Empleo, ya que tiene su propio procedimiento que lo regula.

¿Qué tipos de Expedientes Reguladores de Empleo hay?

Los Tipos de Expedientes Reguladores de Empleo

Generalmente, al momento de realizar una apreciación en relación, a las clases de los Expedientes Reguladores de Empleo, es necesaria la comprensión de sus condiciones para sus respectivas aplicaciones, las mismas las haremos presentes, para un mayor entendimiento.

Expediente de Regulación de Empleo de Reducción de Jornada.

Esta clase de ERE, si las causas que llevan a las empresas en decidir a ejecutar este mecanismo, ante la Autoridad Laboral, son por razones económicas, y de producción coyunturales y puramente temporales, podrá ser solicitada por Reducción de Jornada.

Ahora bien, un ERE de Reducción de Jornada consiste en que los Trabajadores, deberán acudir a su puesto de trabajo todos los días, aunque realicen una jornada inferior a la normal. Tipos de Expedientes Reguladores de Empleo. Aunado a ello, durante un tiempo determinado, con este tipo de ERE, los Trabajadores ven su Jornada Laboral reducida. No obstante, debemos comprender que no se suspenderá su Contrato, sino que este, contemplará un número de horas semanales inferior.

Asimismo, los empleados cobrarán una prestación de desempleo por el tiempo que no trabajen, y es por ello, que esta prestación correrá a cargo del Servicio Público de Empleo Estatal, y corresponderá al número de horas que se haya reducido la Jornada Laboral.

Paralelamente, la empresa deberá durante todo el tiempo que dure el Expediente Regulador de Empleo, cotizar por los Trabajadores afectados, ante la Seguridad Social, por las cuotas empresariales.

Cabe destacar, que las empresas podrán llevar a cabo un ERE por Reducción de Jornada, sin necesidad de conformidad de los Trabajadores o de la autoridad competente, todo ello derivado a que no se llegue a un acuerdo con los Trabajadores. Igualmente, puede suceder que si se llegue a un acuerdo y no sea necesaria la intervención de la autoridad laboral.

Expediente Regulador de Empleo por Suspensión del Contrato de Trabajo.

Para la sucesión de esta clase de Expediente Regulador de Empleo, es necesario que la empresa lo realice de manera, que sea por motivos económicos, de producción coyunturales y de manera temporal. Tipos de Expedientes Reguladores de Empleo- Aunado a ello, la empresa podrá solicitar un ERE de Suspensión del Contrato de Trabajo, también obedeciendo a las necesidades productivas que tenga la misma.

Normalmente, para una mayor comprensión de lo que consiste este tipo de ERE, debemos saber que supone que, durante un número determinado de días, los Trabajadores afectados no tendrán que acudir a su puesto de Trabajo, al tener el Contrato suspendido, durante el tiempo que dure el Expediente Regulador de Empleo.

Por otra parte, debemos considerar que, si se suspenden por completo los Contratos, aunque de forma temporal. Los empleados dejan de trabajar temporalmente para la empresa, pero sin perder su puesto de Trabajo, y reciben la prestación por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal.

Ahora bien, una vez finalizado el tiempo de consulta, se puede suceder que se llegue a un acuerdo con los Trabajadores afectados para proceder, y sin embargo, está el otro extremo que es el de no llegar a un acuerdo.

En este sentido, de no haber un acuerdo previo, igualmente la empresa podrá realizar la aplicación del Expediente Regulador de Empleo sin necesidad de la conformidad de los Trabajadores ni de la autoridad laboral.

Igualmente, durante el tiempo que se le impone la suspensión o duración de dicho ERE, al Trabajador afectado, la empresa deberá de cotizarle a la Seguridad Social por sus cuotas empresariales.

Expediente Regulador de Empleo por Extinción del Contrato de Trabajo o Despido Colectivo.

En esta clase de Expediente Regulador de Empleo, tenemos que la principal diferencia estará en el hecho de que este a diferencia del ERE de Suspensión del Contrato, aquí va a extinguir totalmente el Contrato del Trabajador.

Por consiguiente, un ERE por extinción consiste en el cese del Contrato de Trabajo al Trabajador o Trabajadores afectados, en donde pierden su puesto de Trabajo en la empresa, son despedidos, con su correspondiente indemnización y, si corresponde, su prestación por desempleo.

Aunado a ello, tenemos que señalar que deben existir en la empresa, causas económicas, técnicas, organizativas o de producción para su ejecución, y que afecten en un período de 90 días a los Trabajadores, de la siguiente manera:

  • Debe de haber, 10 Trabajadores, en las empresas que ocupen a menos de 100 Trabajadores.
  • Debe de existir el 10% del número de Trabajadores, de la empresa en aquellas que tengan entre 100 y 300 Trabajadores.
  • Que exista el 30 % del número de Trabajadores, en empresas de 300 o más Trabajadores.
  • Que afecte a la totalidad de la plantilla de la empresa, siempre que el número de afectados sea superior a 5, en los casos en los que el ERE por Extinción se produzca, como consecuencia de la cesación total de la actividad empresarial, por causas económicas, técnicas, organizativas o de la producción.

En base a lo antes expuesto, debemos comprender que los casos explicados se refieren a la forma en que pueden afectar a las empresas según el número determinado de Trabajadores que la conformen, deberá el cliente guiarse según su situación respectiva y saber cuál le corresponde.

Asimismo, con lo que respecta al tiempo de consulta entre la empresa y los Trabajadores afectados, no podrá tener una duración menor de 30 días, pero en los casos donde las empresas posean menos de 50 Trabajadores, el tiempo de consulta, quedará fijado en 15 días como mínimo.

Sin embargo, una vez finalizada la consulta entre partes puede suceder que se llegue a un acuerdo, y no haya necesidad de llegar a conflicto legal alguno para su aplicación, y en caso contrario, de que no se pueda llegar a un acuerdo con los Trabajadores afectados, la empresa tendrá la facultad igualmente de realizar el ERE por extinción aún sin la conformidad de los Trabajadores y de la autoridad laboral.

Por otra parte, los Trabajadores tendrán Derecho a una indemnización, que será pactada durante la negociación entre los representantes de los Trabajadores y los de la empresa.

Igualmente, consideremos que dicha indemnización no podrá, en ningún caso, ser inferior a la establecida como obligatoria por la Ley, y que es de 20 días por año de Trabajo, con un máximo de 12 mensualidades.

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¿Cuál es el proceso de tramitación de un Expediente Regulador de Empleo?

Los Tipos de Expedientes Reguladores de Empleo

Primeramente, debemos saber que en lo que se refiere a la tramitación de este mecanismo excepcional, tenemos que hacer énfasis en la institución responsable de velar por el cumplimiento de su normativa.

En este sentido, la encargada de la materia será la autoridad laboral competente, quien supervisará que los ERE se producen conforme a la normativa. Es decir, pasando por la negociación con los representantes de los empleados y siguiendo determinadas fases, las cuales conoceremos detalladamente.

La Fase de Consultas.

La presente fase, se refiere a las consultas y o negociaciones que realiza la empresa con sus Trabajadores, o con los representantes de los mismos, con el objetivo de disminuir el impacto del ERE y el número final de despidos. Es por ello, que, en total, dispondrán de 15 días si la empresa tiene menos de 50 empleados, y 30 días si cuenta con más Trabajadores.

Igualmente, en esta fase, la autoridad laboral ejercerá de asistente y de moderadora. Asimismo, exigirá la entrega de una copia del documento que comunica el inicio de la fase de consultas y una memoria con las causas del ERE y sus detalles más importantes.

Fase de Autorización.

En esta presente fase, una vez transcurrido el tiempo o período de consultas y negociaciones entre las partes, la autoridad laboral competente, se encargará de emitir sus propias conclusiones. Y aunado a esto, la empresa esperará a partir de este punto, la autorización pertinente para proseguir con la aplicación del respectivo ERE a sus Trabajadores, para ello, también deberá la empresa de conocer los detalles existentes, y sobre todo el resultado que se generó en dichas negociaciones.

Fase de Resolución.

Por último, tenemos la presente fase en donde, en caso de que se cumplan todos los requisitos formales para la ejecución del respectivo ERE, y se recibe la autorización formal, la empresa podrá comunicar de esta forma la decisión a los Trabajadores, ya que por su parte estos, tendrán la oportunidad de impugnar tal decisión.

En este sentido, debemos considerar que pueden aparecer ciertas obligaciones, al tramitar un ERE, que debemos tener como referencia, y las conoceremos a continuación:

  • Se debe mantener a ciertos empleados más vulnerables, como pueden ser, los que tienen importantes cargas familiares o alguna discapacidad.
  • Se aportará al Tesoro Público una cantidad económica, cuando el ERE afecte a más de 50 Trabajadores.
  • Se abonarán cuotas a la Seguridad Social, si hay Trabajadores de más de 55 años afectados por el ERE.
  • Se ofrecerá un plan para la recolocación, si el ERE afecta a más 50 empleados.

En base a lo anterior, señalamos los casos donde puede haberse obligaciones que las empresas deberán afrontar cuando se esté en presencia de alguna de ellas, lo cual es bueno conocerlas por ambas partes al momento de efectuar un ERE.

Razones para solicitar un Expediente Regulador de Empleo.

Es evidente que, para una aplicación de un Expediente Regulador de Empleo, se debe de regir la empresa según las causas determinadas, que están presentes en lo establecido por el Estatuto de los Trabajadores.

Ahora bien, debido a estos hechos vamos a considerar los distintos criterios, que aparecen regulados en el Estatuto de los Trabajadores, y que serán considerados al momento de efectuarse el determinado ERE, los mismos son los siguientes:

  • Económicas: Acá tenemos presente, lo que se refiere a pérdidas reales o previstas, o disminución continua, es decir tres trimestres consecutivos del nivel de ingresos, en comparación con el mismo periodo del año anterior.
  • Técnicas: Esta causa, implica que sucedan cambios importantes en los medios de producción. Normalmente, un supuesto sería la introducción de nuevas máquinas, que hacen necesario contar con menos Trabajadores.
  • Organizativas: Estas causas, suponen transformaciones en el ámbito de los métodos de Trabajo.
  • Productivas: Las mismas, tienen que ver con un cambio sucedido en la demanda de productos o servicios, que la empresa comercializa.
  • Causas de fuerza mayor: Por último, con esta causa, hablamos de hechos ajenos a la empresa y a su actividad y, sobre todo, que son inevitables e imprevisibles. Aunado a esto, podemos citar como posibles ejemplos, a las crisis sanitarias o los desastres naturales.

En base a lo antes señalado, no hay dudas de que teniendo en cuenta que son diversos tipos de causas, las que pueden hacer que se proceda a tramitar un ERE, y por ello queremos hacer un recordatorio de que cuando se va a proceder en un proceso judicial, debemos tener asesoría jurídica para proceder convenientemente.

Por otra parte, toda las clases de ERES y sus causas determinadas, salvo los ERES que sean basados por causas de fuerza mayor, los demás estarán agrupados de una manera, que se denomina ETOP, lo cual quiere decir por razones, económicas, técnicas, organizativas o de la producción de la empresa.

En otras palabras, podemos afirmar que los ERE se han creado como medida de protección para las empresas, que, en muchos casos, gracias a ella, son capaces mantener los puestos de Trabajo.

Igualmente, si los trabajadores son despedidos mediante un ERE, se les asegurará la indemnización correspondiente.

¿Cuáles son los efectos de un Expediente Regulador de Empleo?

No cabe duda, de que cuando estamos en presencia de un ERE a nivel empresarial, existirá una serie de efectos que son indispensables, y se deben de tener en cuenta, al momento de la aprobación del mismo, dichos efectos, los podemos conocer de la siguiente manera:

  • Autorización del Empresario: En este aspecto, se trata en lo que respecta a la procesión de la suspensión o extinción de los Contratos, que estén afectados por el Expediente Regulador de Empleo.
  • Indemnización: El presente aspecto, hace mención a una indemnización que sea equivalente a 20 días, por cada año de servicio, contando con un máximo de 12 mensualidades, exceptuando que hubiera un pacto acordado, entre el empresario y los representantes de los Trabajadores, tras haber acordado una cuantía superior.
  • Derecho a las prestaciones: Este aspecto, se trata de una medida de protección de desempleo para los Trabajadores, cuando se encuentran en esta situación, pero dicha medida de protección para ejecutarse, se deben cumplir siempre los mismos requisitos fijados por la Ley.
  • Por último, tenemos que en el supuesto de que el ERE, no haya afectado a la totalidad de la plantilla, los representantes de los Trabajadores, cuentan con Derecho a la prioridad de permanencia en la empresa.

En referencia a lo antes explicado, estamos en presencia de los 4 posibles efectos que se puede encontrar la empresa para hacer frente a la ejecución de un ERE, será de utilidad que se cumplan para la aprobación, y que dicho mecanismo sea aplicado por parte de la empresa para los Trabajadores de la misma.

¿Cuánto se cobra por un Expediente Regulador de Empleo?

 

En este apartado, debemos saber que la empresa deberá, con los Trabajadores que se les haya aplicado un ERE, recibir una indemnización mínima de 20 días por cada año de servicio con un máximo de 12 mensualidades.

Ahora bien, en el caso de que se haya llegado a un acuerdo, la cantidad de días a recibir puede ser mayor incluso. Sin embargo, puede suceder que haya Trabajadores que no acepten la indemnización que recibirán, en este tipo de casos, el Trabajador deberá impugnar la decisión de la empresa, ante la jurisdicción de lo Social.

Aunado a ello, al Trabajador no le quedaría más remedio que acatar la indemnización inicialmente recibida, mientras se resuelve el proceso de la impugnación, por lo que en este dado caso, el empleado no tendría que ir a la empresa a trabajar, y pasaría a encontrarse en una situación de desempleo.

Por consiguiente, debemos mencionar que, a lo largo del artículo presente, hay que tener presente la importancia que tiene el conocer, e instruirse en lo que se refiere a un Expediente Regulador de Empleo o ERE, ya que, si bien este mecanismo es algo complejo, puede resultar sin dudas, un beneficio para las empresas para asegurar la reestructuración de las mismas, a través de un recorte de personal, o de las jornadas de Trabajo.

Para finalizar, los Trabajadores también tienen en su mayor medida, sus protecciones ya que les garantiza en casos que, les retribuirá las indemnizaciones por el tiempo de servicio prestado en la empresa a la que pertenece.

Debido a ello, es que recomendamos altamente la inclusión de asesoría jurídica para demostrar la veracidad de este mecanismo, y que las empresas tengan acceso a la mejor información posible en los casos en que crea conveniente, recurrir a la aplicación de un ERE.

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11 comentarios en «Los Tipos de Expedientes Reguladores de Empleo»

    • ¡Totalmente de acuerdo! Los Expedientes Reguladores de Empleo pueden ser un verdadero enredo. Parece que cada vez hay más tipos y regulaciones. No es de extrañar que estemos todos confundidos. ¿Alguien tiene alguna idea de cómo simplificar esto?

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