La Documentación de los Expedientes Reguladores de Empleo ante la Autoridad Laboral: Es normal que, en el momento en que las empresas desean aplicar un Expediente Regulador de Empleo, de cualquier manera que sea necesario según su causa de fundamento, sea por razones económicas, técnicas, organizativas y de producción, o de fuerza mayor, cada uno deberá de tener presente una serie de requisitos y pasos formales para ejecutarlos.
Debido a ello, queremos hacer hincapié en el hecho de que cuando se va a iniciar un proceso de ERE, se debe de realizar una comunicación previa y paralela al período de consultas y negociación a la representación legal de las personas Trabajadoras, y a la Autoridad Laboral.
Ahora bien, nuestra pretensión en el artículo presente es el de, abordar todo lo relacionado con el procedimiento de recaudación de documentos solicitados por la Autoridad Laboral, así como las formas en que se deben de presentar, los efectos que genera y su posterior valor en el proceso del ERE, con el fin de aclarar dudas a los clientes que puedan tener respecto a ello, brindándoles una posible respuesta y herramientas a sus necesidades.
La Comunicación Inicial del Expediente Regulador de Empleo.
Es evidente, que cuando estamos en presencia de la realización de la comunicación inicial, la misma va a llevar una serie de documentos que se van a dirigir hacia los representantes legales de los Trabajadores, y deberá ser anexada por Internet a la Autoridad Laboral.
Posteriormente, tenemos que el formulario que se hará entrega vía digital a la Autoridad Laboral, deberá adjuntarse una hoja de cálculo relativa a los centros de trabajo y a los Trabajadores afectados por tal decisión, y en el transcurso de 24 horas contadas desde el momento de su presentación, se deberá aportar el resto de la documentación necesaria.
Aunado a ello, debemos tener en cuenta que lo que se refiere al procedimiento para presentar ante la Autoridad Laboral, es un formulario que se debe de llenar para cumplir con el proceso previo, y dicho formulario deberá contener específicamente lo siguiente.
1. Los Datos.
Este aspecto, se refiere a toda clase de datos acerca de la identificación de la empresa o persona física y, en el caso de empresas, datos de la representación legal, es decir, el órgano de administración, así como también de los datos del contacto.
2. La Modalidad de Expediente Regulador de Empleo.
Este aspecto, se refiere a la selección de modalidad de ERE temporal: un ERE por suspensión de Contrato o por reducción de jornada laboral, o bien por un ERE de Extinción o Despido Colectivo. La Documentación de los Expedientes Reguladores de Empleo ante la Autoridad Laboral
3. Identificar el Centro de Trabajo y Modalidad de ERE.
Este aspecto, se trata de identificar los centros de trabajo afectados por el Expediente de Regulación de Empleo Temporal.
Igualmente, si se trata de identificar, según la modalidad de Expediente, las personas Trabajadoras, y la modalidad de afectación en el apartado correspondiente, si es un cese definitivo, suspensión de Contratos o reducción de jornada laboral.
4. Identificar si hay personas afectadas con ciertas características.
Este aspecto, hace mención a cuando se puede encontrar personas afectadas con ciertas características, como pueden ser, si son representantes legales de los Trabajadores, o si pertenecen a colectivos con Derechos amparados por Ley o Convenio, o si se procede a la rescisión de Contratos de personas de más de 55, años de edad.
5. En caso de un ERE de Extinción o Despido Colectivo.
En este aspecto, se trata de tomar en cuenta, a aquellas personas despedidas, por voluntad de la empresa, en los últimos 90 días, siempre que el motivo de finalización de la relación laboral, no se haya producido por el transcurso del tiempo del Contrato.
6. La existencia de una Obligación.
En este aspecto, se refiere a cuando pueda existir alguna obligación, sobre efectuar aportaciones económicas de las empresas y grupos de empresas que, estén en presencia de los siguientes casos:
En base a lo antes señalado, se aprecia las causales económicas que puede existir en las empresas o grupos de empresas, en cuanto a verse obligadas a cumplir con el procedimiento.
7. Identificar el motivo de la Comunicación y la Causa objetiva del ERE.
En este aspecto, hacemos mención a la identificación de los motivos y la causa objetiva del ERE, cuando sea por causas económicas, es decir por pérdidas actuales, por disminución persistente de ventas o ingresos, y previsión de pérdidas u otros. Igualmente, cuando sea por causas técnicas, organizativas y de producción de la empresa. La Documentación de los Expedientes Reguladores de Empleo ante la Autoridad Laboral
8. Identificar y rellenar el apartado.
En este aspecto, tenemos el hecho de la identificación y el relleno del apartado de la medida prevista: es decir, si es, un despido o ERE de Extinción, suspensión de Contratos, o reducción de la jornada laboral.
9. Identificar los datos a comunicaciones y notificaciones.
En este aspecto, se debe a la identificación que será necesaria, realizar a las comunicaciones y notificaciones pertinentes y llevar el control de las mismas.
10. Anexar la hoja de cálculo con los datos de los Trabajadores afectados.
En este aspecto, nos referimos a cuando de anexa la hoja de cálculo, con los datos de los Trabajadores afectados en donde se dejan en el mismo formulario, pero la misma, arroja unos lineamientos que debemos tener en consideración, a saber:
De acuerdo a lo antes señalado, tenemos una amplia variedad de lineamientos que son dignos de consideración al momento de estar en presencia de la anexión de la hoja de cálculo con los datos de las personas Trabajadoras afectadas en el formulario a presentar, y que queremos hacer llegar para su mayor conocimiento e importancia.
11. La validez de la solicitud.
Por último, tenemos que este aspecto, se referirá posteriormente, a la importancia que tiene la validez de la solicitud, y deberá ser guardada la misma.
¿Qué Documentación se debe enviar a la Autoridad Laboral?
Es de destacar que cuando se termina de rellenar, validar, firmar y presentar la comunicación que anteriormente se le hizo mención y explicación, en el portal de Internet.
Posteriormente, se procederá, en un máximo de 24 horas luego de la presentación, a facilitar una documentación o información común y específica, que deberemos analizar, ya que tiene diferentes causas, recordemos, las que son económica, técnica, organizativa, y de producción.
Documentación Común Independientemente de la Modalidad.
En este apartado, encontraremos los lineamientos que van a detallar la documentación que es necesario reunir para cualquier tipo de ERE que se desee proceder por parte de la empresa, los mismos son los siguientes:
En base a lo anterior, tenemos los lineamientos que son necesarios reunir para cualquier tipo de causa de origen que posea el ERE que la empresa desee realizar, consideramos importante que sea conocida para un mayor índice de éxito, de proceder dicho proceso. En este apartado, tenemos que a diferencia de los documentos comunes para todo tipo de causas, en este caso, serán de una índole específica, la cual es necesario conocer, ya que dichos lineamientos, en lo que respecta a los ERE de Extinción por razones económicas, que vamos a detallar, son los siguientes: Cuando estamos en presencia de las causas mencionadas, es evidente que se deberá de presentar, a través de un informe técnico, que es indispensable al momento de realizarse, ya que acredita dicho informe, la concurrencia de las causas en mención, las cuales son: En base a lo antes mencionado, señalamos las causas por las que en estos supuestos, pueden darse a través del informe técnico que se elabora, y donde se refleja la concurrencia de las causas en materia técnica, organizativa y de producción, que la empresa deberá de considerar. Conoce ya acerca de La Pensión de Alimentos para los Hijos Mayores de Edad. En este apartado, debemos señalar que será aplicable solo para las empresas que formen parte de un grupo, en donde será necesario reunir la siguiente documentación, a saber: En base a lo antes expuesto, tenemos los lineamientos a presentar sobre las empresas que formen parte de un grupo de empresas, donde es menester que los empresarios se orienten debidamente, y proceder de la manera correcta en este tipo de casos. En este caso, se trata de la afectación de 50 personas Trabajadoras afectadas o más en donde, en esos casos, deberán de presentar un plan de recolocación externa a través de empresas de recolocación autorizadas. En estos casos, tenemos que son indispensables para estos trabajadores de mayor edad, que deporten una relación de esta, en donde se especifique sus nombres, apellidos, y DNI. Para este apartado, es bueno recalcar que se trata de los otros supuestos de ERE que son de carácter temporal y ayudarán a los empresarios a conocer los determinados lineamientos que los marcan, dichos lineamientos, son los siguientes a conocer: En base a lo antes expuesto, se señalan los casos en donde aplican los lineamientos que son de los Expedientes para los casos de suspensión del contrato, y de la reducción de jornada laboral, que sean a su vez originados por razones económicas, que sin duda, son dignas de considerar por parte de los empresarios. Primeramente, tenemos que saber que cuando se está en el período de consultas y de negociación, se deberá levantar acta de todas las reuniones, que se lleven a cabo con la comisión negociadora. Ahora bien, una vez transcurrido el plazo de negociación de 15 días naturales, se deberá comunicar la decisión empresarial, a la representación legal de las personas Trabajadoras y a la Autoridad Laboral. La Documentación de los Expedientes Reguladores de Empleo ante la Autoridad Laboral Por consiguiente, sabemos que la comunicación se puede presentar de manera telemática, y en donde en la misma se puede, dejar constancia de la decisión empresarial, y que debe constar de los siguientes puntos a saber: En base a lo antes señalado, tenemos que junto a estos puntos que se deben de adjuntar en el formulario, se debe adjuntar la misma hoja de cálculo. No hay dudas, de que cuando estamos en presencia de comunicar la decisión empresarial, algo fundamental en el procedimiento del ERE, debemos saber que una vez enviado el formulario que fue explicado anteriormente, durante las próximas 24 horas desde el momento en que fue enviado dicho formulario, se deberá de reunir obligatoriamente, así como también sea en los casos que proceda, la siguiente documentación a saber: En base a lo antes señalado, se dan los documentos que serán indispensables de reunir al momento de realizar la comunicación de la decisión por parte de la empresa, a los Trabajadores afectados, y que todo empresario, sin duda, deberá de mantener en consideración. La Documentación de los Expedientes Reguladores de Empleo ante la Autoridad Laboral Ante esta situación, una vez realizada la comunicación a la Autoridad Laboral el empresario puede notificar individualmente, a los Trabajadores los Despidos, o las medidas de suspensión de Contratos o de reducción de jornada laboral. Sin embargo, en el caso de Despidos Colectivos o ERE de Extinción, deberán transcurrir un mínimo de 30 días, entre la fecha de la comunicación de la apertura del periodo de consultas y de negociación, a la Autoridad Laboral, y la fecha de efectos del Despido. Posteriormente, en el caso de la decisión empresarial sobre medidas temporales, la empresa notificará individualmente a cada Trabajador, los días concretos afectados por las medidas y en su caso, el horario afectado por la reducción de jornada laboral. Igualmente, se comunicará al Servicio Público de Empleo Estatal, con carácter previo a la efectividad de las medidas, los días concretos en que cada uno de los Trabajadores resultará afectado, y el horario de Trabajo afectado, durante toda la vigencia en el caso de reducción de jornada laboral. La Documentación de los Expedientes Reguladores de Empleo ante la Autoridad Laboral Normalmente, si hubiera variaciones en los datos inicialmente comunicados, la empresa deberá comunicarlo, con carácter previo a que se produzcan. Para finalizar, a lo largo del presente artículo, no hay dudas, de que es de suma importancia conocer, sobre todo, por parte del empresario, toda la documentación necesaria que exige la Autoridad Laboral en materia de aplicación de ERE, para que de esta manera pueda velar por el cumplimiento de sus intereses empresariales, y de un funcionamiento óptimo, de igual forma, como solemos indicar, es menester asesorarse jurídicamente con especialistas en la materia, para que nos informen de la manera correcta de proceder ante la presentación de documentos, según sea el caso.
Supuestos de Despidos: Documentación Específica para el ERE de Extinción o Despido Colectivo por Causas Económicas.
Documentación Específica para los ERE de Extinción o Despido Colectivo por Causas Técnicas, Organizativas y de Producción.
Documentación Específica para la Empresa que forme parte de un grupo de Empresas.
Casos en los que el Expediente por Despido Colectivo afecte a más de 50 Trabajadores.
Casos en los que sean afectadas Personas Trabajadoras de 55 años de edad o más.
Supuestos de Suspensión de Contratos y de Reducción de Jornada Laboral: Documentación común independientemente de la Modalidad del Expediente.
El Procedimiento y el Seguimiento de Documentación que se creará.
¿Cuál es la documentación necesaria para la comunicación de la Decisión Empresarial?
Finalización del Procedimiento.
Referencias Bibliográficas
Cuenca Alarcón, Miguel. “La Autoridad Laboral Europea: Presentación de La Propuesta de La Comisión Europea de 13 de Marzo de 2018.” FORO. Revista de Ciencias Jurídicas y Sociales, Nueva Época 21.1 (2018): 341–360. FORO. Revista de Ciencias Jurídicas y Sociales, Nueva Época. Web.
Martínez Navarrete, José Antonio, and Isabel Sánchez-Hernández. “Propuestas Alternativas a La Atual Gestión de Los Recursos Humanos En La Industria Del Automóvil En España.” Investigação e Intervenção em Recursos Humanos 4 (2014): n. pag. Investigação e Intervenção em Recursos Humanos. Web.
Ruíz-Gómez, Nils Ericson. “Clima Laboral y Su Relación Con El Desempeño de Los Servidores Civiles Del Hospital Luis Heysen Inchaustegi-EsSalud, Lambayeque-Perú, 2019.” Universidad del Pacífico (2021): 87. Universidad del Pacífico. Web.
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¡Estoy sorprendido de la cantidad de papeleo que implica un Expediente Regulador de Empleo! ¿No podrían simplificarlo un poco?
La documentación de los expedientes reguladores de empleo es un verdadero lío burocrático. ¿No podrían simplificarlo un poco?
¡Menuda burocracia! No entiendo por qué es necesario tanto papeleo para un Expediente Regulador de Empleo.
Vaya, ¡qué tema tan interesante! Me pregunto si la comunicación inicial del expediente regulador de empleo es realmente necesaria. ¿Qué opinan ustedes?
¿Y si en lugar de preocuparnos por la documentación del expediente regulador de empleo, nos centramos en encontrar soluciones reales para evitar despidos masivos?
¡Qué lío con toda esta documentación y comunicación inicial del expediente regulador de empleo! ¿Alguien entiende algo de esto?
¡Me parece increíble que sigamos discutiendo sobre la burocracia laboral! ¿Cuándo simplificarán estos trámites?
¡Totalmente de acuerdo! Es absurdo que en pleno siglo XXI todavía tengamos que lidiar con tanta burocracia en el ámbito laboral. Necesitamos urgentemente simplificar estos trámites y enfocarnos en la productividad y el progreso. ¡Basta de trabas innecesarias!
¡Vaya lío con toda esa documentación y comunicación inicial de los expedientes reguladores de empleo! ¿No podrían simplificarlo un poco? 🤔