Derecho de Apelación de una Decisión Disciplinaria: Durante toda una vida, cuando nos referimos a un ámbito laboral, la vida laboral de un Trabajador, puede resultar voluble en el tema de las sanciones, ya que, en ocasiones, la empresa para la cual trabajamos puede sancionarnos. Asimismo, estas sanciones pueden ser por causas de incumplimiento de alguna norma, o de manera de presión por parte de la empresa, para bien forzar una renuncia del Trabajador, o preparar un posible Despido del mismo, y sea cual sea el caso, si hablamos de una decisión disciplinaria, habrá que estudiarla más detalladamente.
Ahora bien, en el presente artículo, buscaremos informar acerca de la importancia que tiene para un Trabajador, proceder en los casos en que recibe una Sanción Disciplinaria que proviene a raíz de una decisión de tal índole, y sobre qué hacer y cómo apelar cuando se recibe la carta de la Sanción donde se hace la notificación, en aras de brindar al cliente las herramientas necesarias para defenderse en casos así.
¿Posee un Trabajador Derecho de apelar una Decisión Disciplinaria?
La respuesta a la presente interrogante, es que sí posee Derecho de apelar o de impugnar una decisión de tal calibre, debido a que todo Trabajador, está en su Derecho de si lo considera, ha sido perjudicado en cuanto a sus intereses personales se puede defender.
Ahora bien, debemos saber que en toda decisión disciplinaria que conlleva una sanción en contra de un Trabajador, se realizará de manera tal que quede constancia por vía escrita de la Decisión Disciplinaria.
En este sentido, legalmente hablando, solo se tienen que dar por escrito las sanciones graves y muy graves, pero en la práctica, también las leves se dan por escrito, ya que si no la empresa no puede demostrar que ha sancionado a un Trabajador.
No obstante, cuando la empresa realiza una sanción a través de una Decisión Disciplinaria, el Trabajador deberá comprobar según el Convenio Colectivo correspondiente, si regula a través de algún procedimiento, las causas por las que se genera dicha decisión por parte de la empresa.
Debido a ello, en determinados Convenios Colectivos se exige que, en algunos tipos de falta, sobre todo en las graves y muy graves, sea obligatorio seguir un expediente contradictorio. Sin embargo, cuando así lo prevé el convenio, la empresa tiene que informar de los hechos que le imputa al Trabajador y su voluntad de sancionarle y tiene que dar la opción para que el Trabajador explique los motivos por los que no debe de ser sancionado.
Posteriormente, la empresa resolverá si quiere sancionar o no según las alegaciones hechas. Es por ello, que en el caso de los representantes de los Trabajadores, y por faltas graves o muy graves, este expediente contradictorio es obligatorio.
Aunado a ello, en la práctica, cuando una empresa empieza un expediente contradictorio, es señal inequívoca de que quiere sancionar. Es por ello, que el Trabajador debe sopesar bien las alegaciones que va a presentar, para que luego, si se llega a los juzgados, no sean contradictorias con lo que se indique en la demanda contra la sanción.
La Potestad Disciplinaria y Sancionadora del Empresario.
Debemos saber que los empresarios como encargados de velar por el cumplimiento de las normativas internas de una empresa, para sancionar a sus empleados, igualmente tienen la facultad necesaria para hacerlo.Derecho de Apelación de una Decisión Disciplinaria
No obstante, si el empresario considera que hay algún indicio de falta o algo grave, tienen el poder de dirigir su empresa y de controlar la actividad laboral, de modo que, si un trabajador incumple sus obligaciones, pueden proceder a sancionarle.
Debido a ello, el empresario, por lo tanto, puede sancionar directamente, sin que esa sanción la tenga que imponer un juez u otra persona. Es por ello, que esta es una potestad que reconoce el propio Estatuto de los Trabajadores.
Cabe destacar, que en algunas ocasiones las sanciones son utilizadas indebidamente por la empresa para preparar el camino para un futuro Despido Disciplinario, creando precedentes artificiosos de mal comportamiento del Trabajador y de esta forma conseguir, despedir al Trabajador ahorrándose la indemnización.
Recomendaciones para los Trabajadores, en caso de recibir la carta con la Sanción Disciplinaria.
En este apartado, cuando un Trabajador recibe por vía escrita una carta que contenga la respectiva Sanción Disciplinaria, el Trabajador deberá de considerar una cierta serie de recomendaciones que son indispensables a la hora de verse envuelto en una situación de esta magnitud, las mismas son:
En relación a lo anterior, tenemos que considerar que el Trabajador deberá de considerar este tipo de recomendaciones que se exponen, de manera tal para preservar sus intereses, a los que es sometido por la empresa si este, no las considera justas las medidas, recomendamos encarecidamente tomar en cuenta estas recomendaciones en aras de que los clientes preserven la justicia de estos casos. Al referirnos a una carta de Sanción Disciplinaria, es que comprendemos que la empresa debe exponer en ella, sin ningún tipo de margen o duda, todos los hechos por los que sanciona al Trabajador. Debido a ello, es que indicando claramente los hechos, cuando han sucedido, quien estaba implicado, etc. Sin embargo, el contenido de la carta no puede ser general o ambiguo, como por ejemplo indicar que, en varias ocasiones el Trabajador faltó al respeto a su jefe delante de testigos. Asimismo, los hechos expresados deberán estar bien fundamentados y redactados de manera que, se demuestre qué clase de incumplimiento se hace, y que sea objeto de sanción según lo regulado por el Convenio Colectivo, según sea la sanción y norma infringida. Por otra parte, cuando se trate de suspensión de empleo y sueldo, tendrán que indicarse el número de días y cuando se va a cumplir la sanción. Derecho de Apelación de una Decisión Disciplinaria Igualmente, en un caso de imponer una sanción muy grave, la empresa tendrá que informar a los representantes de los Trabajadores. Debemos saber que en los Convenios Colectivos, aparece reguladas todas las conductas que son objeto de sanción, y por lo tanto, las empresas si deciden sancionar a sus Trabajadores lo hacen solo en caso de que estos incumplan alguna de esas conductas, objeto de sanción. Por consiguiente, si el Trabajador no realiza alguna de las conductas indicadas como falta en el Convenio Colectivo, no puede ser sancionado. Es por ello, que en especial no se puede ser sancionado como represalia por haber demandado o reclamado derechos a la empresa, por negarse a hacer horas extra u horas complementarias, por ser representante de los Trabajadores, o por haber participado en una huelga. Asimismo, las sanciones que se pueden imponer, también tienen que venir indicadas en el Convenio Colectivo, y normalmente tienen esta graduación: Por consiguiente, es bien sabido que la empresa no puede en ningún caso, sancionar reduciendo el número de días de vacaciones, o el tiempo de descanso del Trabajador, o descontando dinero de la nómina. Conoce ya ¿Qué hacer ante una sanción laboral? En este apartado, un empresario no puede sancionar cuando quiera al Trabajador, sino que tiene un plazo para hacerlo. Igualmente, de lo contrario, cualquier Trabajador que haya cometido una falta, estaría siempre en la cuerda floja, pendiente de no ser sancionado. Ahora bien, dependiendo de la gravedad de la falta, existen distintos plazos para que estas prescriban; si la falta es leve, 10 días; si la falta es grave, 20 días: si la falta es muy grave, 60 días. Cabe destacar, que estos plazos empiezan a contarse desde el momento en que la empresa tiene conocimiento de la falta que ha cometido el trabajador, pero en todo caso, el plazo máximo es de 6 meses desde que se hizo la falta, según lo establecido en el artículo 60, del Estatuto de los Trabajadores. Derecho de Apelación de una Decisión Disciplinaria En primer lugar, debemos saber que todo Trabajador que se encuentre en una situación de desacuerdo con la Carta de Despido Disciplinario, tendrá la oportunidad de impugnar la medida. Ahora bien, en primer lugar, debemos afirmar que será necesaria la presentación de una papeleta de conciliación. Sin embargo, en el caso de que, en el acto de conciliación administrativa, no se llegue a ningún acuerdo, será necesario presentar una demanda ante los Juzgados de lo Social. Igualmente, si se presenta una demanda judicial por parte del Trabajador, el Juez encargado del respectivo caso, deberá decidir, en función de los siguientes casos: En relación a lo antes expuesto, debemos saber que, si se presentan algunas de estas causas, el Juez podrá decidir sobre la causa de la Carta de Sanción Disciplinaria. Cabe destacar, que el Juez, puede dictar que la sanción sea correcta, o revocarla, ya que en el caso de que la sanción sea de suspensión de empleo y sueldo y sea revocada, la empresa tendrá que pagar esos días, pero el Trabajador no tendrá que recuperar esos días no trabajados. Sin embargo, es menester que toda persona interesada en impugnar dicha medida, tendrá un plazo de 20 días hábiles, sin contar sábados, domingos ni días festivos. La respuesta es simple, y es que no, no vale como impugnación de la sanción un escrito que haya podido hacer el trabajador o los representantes de los trabajadores, diciendo que no se está de acuerdo con la sanción, y que se haya entregado a la empresa. Por consiguiente, a efectos legales, si no se presenta la papeleta de conciliación y la demanda, es como si no se hubiese impugnado la sanción, y la sanción será firme. Igualmente, se debe mencionar, que el Trabajador habrá aceptado que ha hecho las conductas que le imputa la empresa, y acepta la sanción que le impone. Derecho de Apelación de una Decisión Disciplinaria Es de suma importancia hablar de esta interrogante, puesto que lo importante es que se impugnen las sanciones para que no existan antecedentes, en el expediente de la empresa, que esta puede utilizar para justificar un Despido Disciplinario, porque el Trabajador ya había sido sancionado antes y se produce reincidencia. Por consiguiente, si en cambio se ha impugnado la sanción, el Trabajador demuestra que no está de acuerdo con ella y la sanción no será firme, es decir que no crea precedente, hasta que no sea confirmada por un Juez. Debido a ello, el impugnar las sanciones, aunque sean solo una mera amonestación, es una forma de protegerse contra futuros Despidos. Para finalizar, debemos tener en cuenta, que como hemos reflejado a lo largo del presente artículo, que todos los Trabajadores tendrán Derecho de apelar o de impugnar la decisión de la Sanción Disciplinaria, por parte del empresario, si considera que no es justa su aplicación, como medida de protección. Igualmente, el empresario deberá convenientemente, demostrar y justificar las causas del por qué realiza una Sanción Disciplinaria, para no ver perjudicado sus intereses empresariales. Por ende, recomendamos altamente contactar con los servicios jurídicos de profesionales que nos asesoren en la materia, y proceder correctamente, y evitar enfrentamientos entre partes, para crear a través de acuerdos, un ambiente idóneo para empresario y Trabajadores.
Requisitos Formales para una Carta de Sanción Disciplinaria.
¿Cuáles son las Conductas Sancionables y sus Sanciones?
La Prescripción de las Sanciones del Empresario.
¿Cómo se puede impugnar una Carta de Decisión Disciplinaria?
¿Es válido entregar un escrito elaborado por el Trabajador o por los Representantes Legales de los Trabajadores para impugnar la Carta de Sanción Disciplinaria?
¿Cuál es la importancia de impugnar la Sanción Disciplinaria?
Referencias Bibliográficas
Infante Caffi, Horacio, and Felipe Tagle Ramírez. “El Bloqueo Del Órgano de Apelación de La OMC.” Revista Tribuna Internacional 10.19 (2021): 55. Revista Tribuna Internacional. Web.
Laise, Luciano, and Juan Sebastián Bohorquez-Artunduaga. “Mientras Agoniza: Examen Crítico Del Modelo Procesal de Instancia Única En Materia Laboral de La Provincia de Buenos Aires.” Revista de Derecho 22 (2020): 19–45. Revista de Derecho. Web.
Liva, Stefano. “La Admisibilidad de La Apelación: Rasgos Comunes Entre El Derecho Romano y El Sistema Jurídico Latinoamericano.” Derecho PUCP 78 (2017): 9–20. Derecho PUCP. Web.
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¡Vaya, qué interesante artículo! Pero, ¿qué pasa si el trabajador es inocente? ¿Tiene derecho a apelar? 🤔
¡Claro que tiene derecho a apelar! La presunción de inocencia es fundamental en cualquier proceso legal. Si un trabajador es injustamente acusado, debe tener la oportunidad de defenderse y demostrar su inocencia. ¡No podemos permitir que se le niegue ese derecho básico! 🙌🏼
¡Vaya, vaya! ¿Quién hubiera pensado que los trabajadores también tienen derecho a apelar decisiones disciplinarias? 🤔👀 Parece que el poder del empleador tiene sus límites. #DerechosLaborales
¡Totalmente de acuerdo! Los trabajadores merecen respeto y la oportunidad de defenderse. ¡Que viva la justicia laboral! 💪👏 #DerechosJustos
Pues yo pienso que los trabajadores deberían tener el derecho de apelar una decisión disciplinaria. ¡Justicia para todos!
¡Vaya, vaya! Parece que el tema de la apelación de una decisión disciplinaria está dando de qué hablar. ¿Qué opinan ustedes?
¡Vaya, vaya! ¿Y ahora resulta que los trabajadores no pueden apelar una decisión disciplinaria? Esto es un abuso total, ¡merecemos justicia laboral! #DerechosDelTrabajador
¿Qué pasa si el trabajador apela y luego el jefe apela la apelación? 🤔
¡Vaya tema interesante! Creo que un trabajador debería tener el derecho de apelar una decisión disciplinaria. ¿Qué opinan ustedes?
¡Vaya, vaya! Parece que el trabajador tiene más derechos de los que pensábamos. ¿Qué opinan ustedes?
¡Claro que el trabajador tiene derecho a apelar una decisión disciplinaria! ¡Justicia para todos! 💪🙌 #DerechosLaborales
Creo que los trabajadores tienen derecho a apelar una decisión disciplinaria. ¿Qué opinan ustedes? #DerechosLaborales
Claro que sí, estoy completamente de acuerdo contigo. Los trabajadores merecen tener la oportunidad de apelar una decisión disciplinaria. Es fundamental respetar sus derechos laborales. #JusticiaParaTodos