En la actualidad, muchas personas disfrutan ciertos bienes o poderes adquisitivos de los familiares que ya no están en el mundo terrenal. Sin embargo, adquirir el legado de una persona, puede traer más dificultades que beneficios. Por ello, en el siguiente apartado te explicaremos cómo y cuándo renunciar a parte de una herencia.
¿Qué hacer para renunciar a una herencia?
El proceso de renuncia de una herencia se debe realizar después que ha fallecido la persona que dejo los bienes, es necesario realizar este procedimiento de manera formal y escrita mediante un notario.
Renunciar a herencia es un proceso práctico, pero en algunas ocasiones es importante analizar si existen uno o más herederos, y conocer la condición de cada uno de ellos. Puede ocurrir que uno decida no recibir el beneficio o que todos, tomen una decisión unánime.
El aceptar una herencia puede ser de forma tácita, por ejemplo, cuando se realizan movimientos, negociaciones o firma de bienes heredados. Sin embargo, renunciar a parte de una herencia no se realiza de forma implícita.
Consecuencias de la renuncia a una herencia
A continuación, te presentamos a Segundo Pérez, un colegiado en la materia de derecho perteneciente a Melián Abogados, él explica qué es una renuncia y las posibles causas del rechazo a la misma.
Segundo menciona que existen diversas causas del por qué los herederos deciden renunciar a una herencia, destacando las siguientes:
- Impuestos elevados.
- Deudas del testador.
- Motivos personales.
Estos son algunos de los motivos más frecuentes de rechazos a herencia. Sin embargo, cada persona es diferente y sus motivos varían, indiferentemente de la razón, una renuncia debe realizarse mediante una notaria publica o ante un juez, como lo decreta el Código Civil.
También se menciona que en el caso de los menores de edad, es necesario que los padres o representantes, dispongan de una autorización judicial para realizar la gestión.
¿Cuál es el plazo para renunciar a una herencia?
Es recomendable renunciar a parte de una herencia, al instante en el que testador ha fallecido.
Si esta gestión no puede realizarse por motivos de los actos funerarios, se recomienda hacer la declaración de renuncia antes de recibir el recibo o factura de pago de la tributación por sucesión.
La tributación de sucesión debe cancelarse en un tiempo menor de 6 meses y se realiza el conteo, desde el momento que ha fallecido el benefactor y la inscripción en los 4 años.
Por ejemplo, me dejaron una herencia, debo tomar la decisión lo antes posible si la acepto o la rechazo. Si se realiza la renuncia después del mandato de impuesto, se paraliza el pago de tributación.
¿Cuánto cuesta renunciar a una herencia?
Para rechazar una herencia familiar, debemos tener presentes que debe elaborarse o redactarse un oficio legal o un escrito público, lo cual no puede realizarse por un documento personal. Esto debe realizarse única y exclusivamente en una notaría. El costo de esta gestión en la notaria pública más cercana de su localidad, tiene un valor de aproximadamente 100 euros.
Otro punto importante a mencionar, es que no es posible renunciar a parte de una herencia, es necesario o rechazarla completa o aceptarla bajo todos los términos. Sin embargo, existen sus excepciones, si por parte del testador se dejó al heredo un bien concreto, es posible aceptar este bien y renunciar a la sucesión.
¿Quién se queda con la herencia si renuncio?
El cómo renunciar a una herencia es simple, solo es necesario no extenderse de los plazos establecidos por las autoridades. No obstante, cuando se realiza ese proceso jurídico, existen ciertas circunstancias que cambian la modalidad del proceso.
Si existe un grupo de benefactores y uno de ellos ha rechazado la herencia, no puede hacerlo si los otros tienen una opinión distinta, a menos que el testador haya dejado una clausura donde este hecho sea posible, de ser así, se realiza el proceso jurídico correspondiente y los demás herederos reciben su parte en partes iguales.
Si nuevamente esta línea sucesiva rechaza la herencia, esta pasará al estado, como lo indica el Código Civil, va dirigida a la comunidad autónoma correspondiente.