¿Puedo negarme a un traslado de centro de trabajo?

Si te preguntas ¿puedo negarme a un traslado de centro de trabajo?, debes saber que sí. Tú como empleado puedes elegir si aceptar o no la propuesta que muchas veces afecta significativamente tu vida y desempeño laboral, por ello, lo mejor es llegar a un acuerdo con el empresario y solventar el problema lo más pronto posible.

¿Me pueden trasladar de un centro de trabajo de una ciudad a otra?

¿Qué es la movilidad geográfica de un empleado?

La movilidad geográfica laboral, es cuando a un empleado se le cambia de centro de trabajo, lo cual conlleva también que él se cambie de localidad, siendo esta una acción distinta a cuando el trabajador decide mudarse y solicitar el cambio.

Otras de las características que tiene la movilidad geográfica son las siguientes:

  1. La distancia que tiene el nuevo centro de trabajo con respecto al anterior es mayor a los 30 kilómetros.
  2. El tiempo de desplazamiento hacia el centro de trabajo es mayor al 25% de la jornada laboral.
  3. El gasto de traslado es mayor al 20% del salario.

El cambio de centro de trabajo conlleva a un cambio de residencia, de no ser así, entonces sería un cambio organizacional de la empresa y en este caso, el empleado no puede renunciar, tampoco es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, pues es una movilidad geográfica sin cambio de residencia.

¿Es posible negarse a desplazamiento laboral?

La cuestión de si es viable negarse a desplazamiento laboral es compleja y depende del contexto específico y de las cláusulas establecidas en el contrato de trabajo. Si existe un cambio sustancial en las condiciones laborales, es esencial conocer tus derechos y las obligaciones de la empresa antes de tomar una decisión.

¿Me pueden trasladar de un centro de trabajo de una ciudad a otra?

Antes de conocer si puedo negarme a un traslado de centro de trabajo, debes saber que, para que una empresa pueda realizar este tipo de cambio, deberá tomar en cuenta varios aspectos importantes.

Primeramente se debe conocer cuál es la situación que conlleva el traslado de este trabajador, además de que se debe tomar en cuenta cómo será la nueva jornada laboral del empleado, para conocer si debe o no trasladarse de domicilio igualmente y saber cuáles son los medios de transporte que utilizará.

Con respecto al cambio de lugar de trabajo de la misma empresa, ellos pueden tomar esta decisión, sin embargo, tú como empleado puedes negarse a desplazamiento laboral y, si lo consideras necesario, iniciar con una demanda en el Juzgado de lo Social.

¿Qué sucede si el trabajador elige no trasladarse?

Ahora bien, si quieres saber si puedo negarme a un cambio de centro de trabajo, la respuesta es sí. Para ello, tendrás que ir hacia el Juzgado de lo Social o los tribunales, una vez ahí, indicarán lo disconforme que estás con respecto a la decisión que la empresa tomó.

Es un trámite engorroso que puede durar un año, por lo que, en cuanto se te haga llegar la notificación del traslado de lugar de trabajo, deberás iniciar con la demanda, igualmente, puedes negociar con la empresa el cambio y así evitar malentendidos.

El traslado puede ser impugnado en un tiempo de 20 días hábiles luego de que se haga llegar la notificación, en algunos de los casos, el empleado deberá hacer el cambio hasta que el tribunal decida si anular o no el proceso.

Cuando el tribunal apela a favor del empleado, entonces él podrá ir nuevamente a su antiguo lugar de trabajo y, si el jefe se niega a ello, el trabajador puede cortar cualquier relación laboral y obtener una indemnización de 45 días de trabajo por año laboral, siempre que éste no exceda 42 mensualidades, acción legalizada por el Estatuto de los Trabajadores.

Igualmente, si te dejan cambiarte de lugar de trabajo, pero modifican tu horario, turno de jornada laboral y salario, entonces podrás extinguir la relación laboral,

¿Cuánto tiempo tiene la empresa para notificar el traslado?

Luego de conocer si puedo negarme a un traslado de centro de trabajo, se debe considerar el tiempo de notificación que debe tener la empresa con respecto a esta decisión.

Cuando la empresa es quien obliga al cambio de centro de trabajo, ellos tendrán que notificar al empleado en un pequeño plazo, acerca de la decisión tomada, esto para que él pueda decidir qué hacer y prepararse para los cambios. Esto tomando en cuenta que:

  1. En caso de que el traslado por parte de la empresa sea a un nuevo centro de trabajo ubicado en un lugar fuera de donde resides, ellos tendrán que notificarte 30 días antes, indicando no sólo al empleado acerca de la modificación, sino a su representante legal.

En caso de un desplazamiento de lugar de residencia debido al cambio de centro de trabajo, ellos tendrán que:

  1. Avisar con un tiempo de 20 días en caso de que el cambio sea de menos de tres meses.
  2. Con un mes en caso de que el cambio sea por más de tres meses.
Siendo estos dos aspectos los más importantes que debe tomar en cuenta el empresario, pensando no solamente en la decisión del empleado, sino también en los cambios que sufrirá tanto su organización como la del lugar del cambio.

¿Qué aspectos debo tomar en cuenta antes del traslado?

Existen tres aspectos importantes que el empresario debe tomar en cuenta para que el empleado realice su cambio, el primero de ellos es que deberás entender los proyectos a realizar, tendrás que tomar en cuenta las propuestas que ellos tienen, además del objetivo del traslado, aquí se analizará el trabajo en equipo que tiene el nuevo lugar de trabajo.

¿Qué sucede si el trabajador elige no trasladarse?

Luego de ello, tienes que saber cuál es tu modalidad de trabajo y la de la empresa, para saber en qué equipo de trabajo podrás encajar. Igualmente, deberás tomar en cuenta los cambios de residencia, si irás con tu familia o simplemente te trasladarás solo.

Al momento de realizar la planificación del traslado, tendrás que realizar un inventario de todos tus objetos personales a trasladar, cuáles serán imprescindibles y cuáles no. Además de conocer si en la empresa te suministrarán de todo lo necesario, o si tendrás que renovar los pedidos cada cierto tiempo.

Si te preguntabas si puedo negarme a un traslado de centro de trabajo y, luego de leer todo lo indicado has decidido que aceptarás el cambio, es importante que tomes en cuenta todo lo destacado en el artículo.

Autodespido por cambio de lugar de trabajo

El autodespido, también conocido como «despido indirecto», es una figura legal que permite al trabajador terminar su contrato de trabajo ante un cambio sustancial y perjudicial en las condiciones de empleo, como podría ser un traslado de centro de trabajo no justificado. Es crucial que el empleado demuestre que la modificación impuesta por el empleador es significativa y lesiva para sus intereses.

Antes de proceder al autodespido, es importante que el trabajador comunique formalmente a la empresa su disconformidad con el traslado. Este paso es fundamental, ya que debe existir un registro de la oposición al cambio de centro de trabajo y de los motivos que justifican tal postura.

Si un empleado opta por el autodespido, debe saber que tiene derecho a indemnizaciones similares a las que recibiría en caso de un despido improcedente. Esto incluye el pago de una compensación económica, cuyo monto dependerá de la antigüedad y las condiciones establecidas en el contrato de trabajo.

En el proceso de autodespido, es recomendable que el trabajador busque asesoramiento legal. Un abogado especializado en derecho laboral podrá evaluar la situación específica y orientar sobre la viabilidad del autodespido, además de asistir en la preparación de la documentación necesaria y en la defensa de los derechos del trabajador.

Es importante destacar que, tras el autodespido, el trabajador puede interponer una demanda ante el juzgado de lo social. El objetivo es que se reconozca la improcedencia del traslado y, por ende, del autodespido, lo que obligaría a la empresa a restituir los derechos del trabajador o a indemnizarlo de acuerdo con la ley.

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9 comentarios en «¿Puedo negarme a un traslado de centro de trabajo?»

    • ¡Hola! Sí, es sorprendente descubrir nuestras opciones laborales. Afortunadamente, tenemos derechos y podemos tomar decisiones que nos beneficien. ¿Sabías que también puedes negociar condiciones? ¡No te conformes con menos de lo que mereces!

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